Al terminar el contrato con su empleador, los trabajadores no inmigrantes tienen varias alternativas para permanecer en Estados Unidos de manera legal.
Los extranjeros en Estados Unidos con una visa de trabajo de no inmigrante, que han terminado voluntaria o involuntariamente la relación laboral con su empleador, tienen múltiples opciones para permanecer en el país de manera regular. Existen alternativas para que los trabajadores se mantengan en Estados Unidos por medio de otro empleador, un ajuste de estatus, o a través reingreso con una visa de otra categoría
Al terminar su relación laboral, los trabajadores pueden sentir incertidumbre sobre su presencia en el país, sin embargo, deben saber que cuentan con un periodo de 60 días en los cuales mantienen su estatus de no inmigrante. Este lapso conocido como periodo de gracia discrecional, incluye las siguientes clasificaciones de visas: E-1, E-2, E-3, H-1B, H-1B1, L-1, O-1, o TN, así como las categorías correspondientes a cada visa de dependientes para cónyuge o hijos.
Durante el periodo de gracia discrecional, los trabajadores pueden contactarse con otro empleador que les ofrezca presentar una petición para extender su estadía. Si el trámite se completa antes que termine este periodo, no será necesario que el trabajador tenga que salir de Estados Unidos y reingresar. Esta podría ser la mejor opción para que los trabajadores permanezcan en el país y sobre todo que continúen trabajando.
En este sentido, es posible que los no inmigrantes utilicen su periodo de gracia discrecional para obtener un nuevo estatus de no inmigrante patrocinados por un empleador en el mismo estatus o uno diferente. Por ejemplo, los trabajadores con visas L-1 pueden ser elegibles a nuevos empleos bajo otras categorías como visa TN (para mexicanos y canadienses), E-3 o H-1B1.
Otra de las opciones disponibles es el cambio de estatus de no inmigrante, el cual también se puede realizar durante el lapso de 60 días. Por ejemplo, para cambiar de estatus a dependiente de un cónyuge, estatus de estudiante (F-1), estatus de visitante o turista (B-1 o B-2). No obstante, los portadores de estas visas no pueden obtener un empleo.
De igual forma, algunos trabajadores pueden ser elegibles para ajustar su estatus sin necesidad del patrocinio de un empleador. Por ejemplo, a través de clasificaciones como EB-1 de habilidades extraordinarias, EB-2 de exención por interés nacional o EB-5 de inversionistas inmigrantes.