El tiempo de procesamiento para una petición familiar realizado por un residente permanente de Estados Unidos depende de diversas circunstancias: cuándo se presentó la petición, qué familiar se está pidiendo y su país de origen, así como la disponibilidad de visas de inmigrante, señala Nelson Castillo, abogado experto en inmigración.
Castillo explica que cuando un padre residente permanente presenta una petición familiar para hijos solteros mayores de 21 años se le asigna la categoría F-2B, mientras que si tiene la nacionalidad estadounidense, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) asigna la misma petición a la categoría familiar F-1, para hijos solteros mayores de 21 años de ciudadanos estadounidenses.
De acuerdo con el abogado, la fecha inicial de una petición familiar es el punto de partida para la espera de una visa de inmigrante. “La lógica indicaría que si un ciudadano presenta una petición, sería procesada más rápidamente que la de un residente permanente”, explica Castillo, pero añade que “según el Boletín de Visas de diciembre del 2015, actualmente se están procesando más rápidamente peticiones familiares presentadas por residentes permanentes a favor de hijos mexicanos solteros mayores de 21 años".
Según el Boletín de Visas, detalla el abogado, hay visas de inmigrante disponibles para mexicanos en las categorías familiares F-1 que presentaron casos antes del 9 de diciembre de 1994 y para la categoría F-2B antes del 8 de septiembre de 1995.
Castillo recomienda a los interesados revisar el Boletín de Visas para ver cuándo pueden comenzar el proceso de solicitar una visa de inmigrante con el Departamento de Estado de Estados Unidos.
Según explica Castillo, en caso de que una persona haya realizado una petición familiar como residente permanente y en el lapso de espera haya obtenido la ciudadanía, el gobierno federal permite elegir la categoría familiar de la visa solicitada. Para hacer esto, el abogado detalla que s debe “escribir al USCIS y/o al Departamento de Estado para hacerles saber de tu decisión”.
Finalmente, Castillo recomienda que se consulte con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el gobierno federal antes de comenzar algún trámite migratorio.
Fuente: La Opinión