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¿Qué decidió la Corte Suprema sobre la ciudadanía por nacimiento en Estados Unidos?

El máximo tribunal confirmó que los hijos de personas indocumentadas o con presencia temporal en el país son ciudadanos estadounidenses al nacer, conforme a la Decimocuarta Enmienda.

La Corte Suprema de Estados Unidos resolvió este 30 de junio que los niños nacidos en territorio estadounidense de padres que se encuentran de manera irregular o temporal en el país son ciudadanos desde su nacimiento. La decisión, emitida en el caso Trump v. Barbara, declara inconstitucional la Orden Ejecutiva 14160, firmada por el presidente Donald Trump el 20 de enero de 2025, que pretendía negar la ciudadanía automática a esos menores.

El fallo, redactado por el presidente de la Corte, John Roberts, contó con el respaldo de las juezas Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Amy Coney Barrett y Ketanji Brown Jackson. El juez Brett Kavanaugh coincidió parcialmente con el resultado, pero discrepó en otros puntos, mientras que los jueces Clarence Thomas, Neil Gorsuch y Samuel Alito presentaron opiniones disidentes.

La controversia giraba en torno a la cláusula de ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda, que establece que todas las personas nacidas en Estados Unidos y sometidas a su jurisdicción son ciudadanas del país. La administración Trump argumentaba que los hijos de personas sin estatus migratorio regular, o con presencia temporal, no estaban realmente sujetos a esa jurisdicción y, por lo tanto, quedaban fuera de la protección constitucional.

La opinión de la Corte rechazó ese argumento y se apoyó en el precedente establecido en 1898 en el caso Estados Unidos v. Wong Kim Ark, en el que el tribunal reconoció la ciudadanía de un hombre nacido en San Francisco de padres chinos. Según la mayoría, ese precedente confirma que la cláusula constitucional adoptó el principio de derecho de suelo proveniente del derecho consuetudinario inglés, con excepciones limitadas para los hijos de diplomáticos extranjeros y de miembros de tribus indígenas con soberanía propia en el siglo XIX.

El tribunal también desestimó el planteamiento del gobierno y de los jueces disidentes, quienes sostenían que la ciudadanía debía depender del domicilio permanente de los padres y no únicamente del lugar de nacimiento. La mayoría concluyó que esa interpretación carece de respaldo histórico suficiente en los debates legislativos que dieron origen a la Decimocuarta Enmienda durante la Reconstrucción posterior a la Guerra Civil.

El caso llegó a la Corte Suprema después de que un tribunal de distrito en Nueva Hampshire certificara de manera provisional una clase nacional de menores que perderían la ciudadanía bajo la orden ejecutiva, y ordenara de forma preliminar que se suspendiera su aplicación. La Corte de Apelaciones del Primer Circuito no llegó a emitir resolución, pues la Corte Suprema aceptó revisar el caso antes de que concluyera ese proceso.

Con esta resolución, queda sin efecto el intento de la administración Trump de modificar, por la vía ejecutiva, el alcance de la ciudadanía por nacimiento que ha regido en el país desde la ratificación de la Decimocuarta Enmienda hace más de 150 años, en 1868.

La decisión completa y los comentarios de los jueces están disponibles en el siguiente enlace: https://www.supremecourt.gov/opinions/25pdf/25-365_4hdj.pdf