Luego del fallo a favor del gobierno por parte de la Corte Suprema de Estados Unidos en junio de 2026, cientos de miles de beneficiarios del Estatus de Protección Temporal enfrentan la posibilidad real de perder su protección legal.
Cuando el Estatus de Protección Temporal (TPS) de una persona termina, esta regresa automáticamente al estatus migratorio que tenía antes de recibirlo, o queda sin ningún estatus si no tenía uno previo. El documento de autorización de empleo (EAD) vence y la persona queda sujeta a un posible proceso de deportación. Sin embargo, dependiendo de cada caso particular, algunas personas pueden calificar para otras formas de alivio migratorio, como el asilo, una residencia permanente por vía familiar, la cancelación de deportación, o protecciones humanitarias. Es importante consultar con un abogado de inmigración para evaluar las opciones disponibles en cada situación.
Una de las alternativas es solicitar asilo después de que el TPS termine, siempre que la persona tenga temor fundado de sufrir persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular. No obstante, presentar una solicitud de asilo sin una base legal sólida puede generar complicaciones adicionales, por lo que se recomienda hablar con un abogado antes de iniciar el trámite.
El TPS, en sí mismo, no ofrece una vía directa hacia la residencia permanente. Sin embargo, algunos beneficiarios pueden calificar a través de un familiar, y en algunos circuitos judiciales federales, quienes viajaron con un documento de viaje del TPS y regresaron con inspección migratoria podrían ajustar su estatus dentro de Estados Unidos. La elegibilidad depende en gran medida de los hechos específicos de cada caso y del circuito judicial correspondiente.
Otra opción es la cancelación de deportación, un tipo de alivio migratorio disponible en corte de inmigración que puede detener una orden de deportación y resultar en una residencia permanente. Quienes no son residentes permanentes legales generalmente deben demostrar diez años de presencia continua en el país, buen carácter moral y que su deportación causaría un perjuicio excepcional y extremadamente inusual a un familiar directo que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
Permanecer en Estados Unidos sin estatus migratorio después de que el TPS termine tiene consecuencias legales importantes. La persona comienza a acumular presencia ilegal en el país. Permanecer más de 180 días en esa condición y después salir del país activa una restricción de tres años para volver a ingresar; permanecer más de un año activa una restricción de diez años. Estas restricciones pueden afectar de forma significativa cualquier trámite migratorio futuro, por lo que se recomienda actuar antes de llegar a esos plazos.
El litigio en torno al TPS ya tuvo un desenlace relevante, luego de que el 25 de junio de 2026, la Corte Suprema de Estados Unidos falló, en una decisión de 6 a 3, a favor del gobierno federal, al determinar que las cortes inferiores no tienen competencia para revisar las decisiones del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) sobre la terminación de designaciones de TPS. El caso se centró directamente en los TPS de Haití y Siria, pero sus efectos podrían extenderse a otras nacionalidades con designaciones activas, incluidas Venezuela, Honduras, El Salvador y Nicaragua, entre otras. Debido a que la situación legal varía según el país y sigue evolucionando, se recomienda consultar el estatus vigente de cada designación directamente en https://uscis.gov/humanitarian/temporary-protected-status antes de tomar cualquier decisión.