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¿Qué significa la nueva medida de USCIS sobre la Green Card y el ajuste de estatus migratorio?

USCIS recuerda que aprobar una solicitud de cambio de estatus es una decisión discrecional, no un derecho, y que los oficiales deben considerar el historial migratorio completo de cada solicitante antes de otorgarlo.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) emitió el 21 de mayo de 2026 un memorando de política interna en el que reafirma que el ajuste de estatus, es decir, el proceso que permite a una persona cambiar su condición migratoria y obtener la residencia permanente (LPR) sin salir del país, es una medida extraordinaria y discrecional, no un derecho garantizado para quienes cumplan con los requisitos básicos de elegibilidad.

USCIS establece que el ajuste de estatus bajo la sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) fue concebido como una alternativa excepcional al proceso consular ordinario, mediante el cual una persona normalmente debe solicitar su visa de inmigrante desde el exterior. El memorando señala que esta vía no fue diseñada para reemplazar ese proceso regular y que su aprobación depende de una evaluación caso por caso sobre si el solicitante merece que la discreción se ejerza a su favor.

“Volvemos a la intención original de la ley para garantizar que los extranjeros se acojan al sistema de inmigración de nuestro país de forma adecuada. A partir de ahora, un extranjero que se encuentre en Estados Unidos de forma temporal y desee obtener una tarjeta de residencia (Green Card) deberá regresar a su país de origen para solicitarla, salvo en circunstancias excepcionales”, afirmó el portavoz del USCIS, Zach Kahler.

En un memorando USCIS instruye a los oficiales a considerar el historial migratorio completo de cada persona al evaluar una solicitud. Entre los factores que pueden pesar en contra figuran haber permanecido en el país más allá del tiempo autorizado, haber trabajado sin permiso, haber incumplido las condiciones del estatus de entrada o del parole, haber presentado información falsa ante agencias gubernamentales, y haber ingresado al país con la intención de residir permanentemente sin haber seguido el proceso migratorio correspondiente. El documento indica que la ausencia de factores negativos, por sí sola, no es suficiente para justificar una aprobación.

“Esta política permite que nuestro sistema de inmigración funcione tal y como preveía la ley, en lugar de fomentar las lagunas legales. Cuando los extranjeros presentan su solicitud desde su país de origen, se reduce la necesidad de localizar y expulsar a aquellos que deciden pasar a la clandestinidad y permanecer en el país de forma ilegal tras habérseles denegado la residencia”, agregó Kahler,

Entre los factores que pueden favorecer al solicitante se encuentran los vínculos familiares, el historial migratorio previo, el carácter moral y otras circunstancias humanitarias o sociales relevantes. Los oficiales están obligados a documentar por escrito, en caso de negación, cuáles fueron los factores positivos y negativos considerados y por qué los negativos resultaron determinantes.

El memorando aclara que mantener un estatus migratorio vigente en una categoría de doble intención, es decir, aquellas que permiten tener simultáneamente intención de inmigrar y de residir temporalmente, no es en sí mismo suficiente para garantizar una resolución favorable. También precisa que ciertas categorías específicas de ajuste de estatus no son discrecionales, y que en esos casos USCIS debe aprobar la solicitud si se cumplen todos los requisitos legales, sin evaluar la discreción.