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No hablar inglés durante la entrevista no es motivo para negar la visa de turismo B1/B2; conoce las verdaderas razones por las que pueden hacerlo

Los oficiales consulares en países de habla hispana suelen dominar el español y realizan la entrevista en ese idioma; lo que realmente evalúan es la intención de viaje y los vínculos del solicitante con su país de origen.

Uno de los mitos más extendidos entre quienes solicitan por primera vez la visa de turismo o negocios B1/B2 es que dominar el inglés aumenta las probabilidades de que el trámite sea aprobado. La Embajada de Estados Unidos en México ha comunicado en diversas ocasiones que esto no es así y que los solicitantes pueden llevar a cabo toda la entrevista en español, ya que los oficiales consulares asignados a las sedes en países hispanohablantes suelen hablar el idioma local y conducen las citas en ese idioma. Lo mismo aplica en la mayoría de los consulados de la región, donde las entrevistas se realizan en la lengua del país sede, ya sea español o portugués según el caso. Incluso la Embajada en México cuenta con un programa de Lengua de Señas Mexicana (LSM), para la realización de entrevistas.

Por otro lado, Brent Hanson, exfuncionario consular de Estados Unidos, explicó en entrevista que el dominio del inglés no incrementa las posibilidades de obtener una visa de turista, y que este idioma únicamente se vuelve un factor relevante en trámites que explícitamente lo requieren, como una visa de estudiante para un programa académico que se imparte completamente en inglés.

Para la categoría B1/B2, en cambio, el criterio que realmente pesa en la decisión del oficial consular es distinto, pues se trata de determinar si el propósito del viaje corresponde a turismo o negocios, y si el solicitante mantiene vínculos suficientes con su país de origen, como trabajo estable, familia o propiedades, que sugieran que regresará al concluir su estadía en Estados Unidos.

Los especialistas en trámites migratorios recomiendan que, si el oficial consular inicia la conversación en inglés, el solicitante puede responder con naturalidad en español sin que esto afecte la resolución del caso. De hecho, aconsejan evitar forzar un idioma que no se domina, ya que los nervios pueden generar respuestas contradictorias o poco claras, algo que sí resulta perjudicial durante la entrevista. La recomendación general es responder de forma breve, directa y consistente con lo declarado previamente en el formulario DS-160, ya que la mayoría de los rechazos no ocurren por el idioma utilizado, sino por inconsistencias entre lo que la persona declara por escrito y lo que expresa durante la cita presencial.

En cambio, algunos motivos que legalmente pueden significar la inelegibilidad para esta categoría de visa según la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) son los siguientes:

  • Motivos de salud: Como enfermedades transmisibles de importancia para la salud pública, falta de vacunación requerida, o trastornos físicos o mentales asociados con conductas que representen un riesgo.
  • Motivos criminales: Condenas o admisión de delitos que involucren “vileza moral” o crimes involving moral turpitude, cualquier delito relacionado con sustancias controladas, dos o más delitos con sentencia acumulada de más de cinco años, motivos razonables para creer que la persona trafica drogas, y prostitución o vicio comercializado.
  • Motivos de seguridad: Espionaje, sabotaje, actividades terroristas, o pertenencia a organizaciones que buscan derrocar al gobierno de Estados Unidos por medios ilegales.
  • Carga pública o public charge: Esto ocurre cuando se determina que la persona probablemente dependerá de asistencia pública del gobierno estadounidense.
  • Entrada ilegal e infracciones migratorias previas: Incluye presencia sin admisión o libertad condicional (parole), fraude o tergiversación de hechos materiales, y haber ayudado al contrabando de otras personas.
  • Presencia ilegal previa: Las personas que acumularon más de 180 días de presencia ilegal y salieron del país enfrentan un veto de tres años; quienes acumularon un año o más, un veto de diez años; remociones múltiples pueden generar un veto de 20 años, y ciertas condenas por delitos graves generan inadmisibilidad permanente.
  • Otros motivos: La práctica de poligamia, votación ilegal, sustracción internacional de menores y renunciar a la ciudadanía estadounidense para evadir impuestos.