Desde el 30 de marzo, el Departamento de Estado extendió el escrutinio digital a nuevas categorías migratorias, incluyendo visas de trabajo religioso, prometidos, víctimas de trata y solicitantes de asilo.
El Departamento de Estado (DOS) anunció la expansión de su programa de revisión de presencia en línea para solicitantes de visa no inmigrante, medida que entró en vigor el 30 de marzo de 2026. La política amplía el escrutinio de perfiles en redes sociales a una serie de categorías migratorias que hasta ahora no estaban sujetas a este tipo de revisión, y obliga a los solicitantes a configurar sus cuentas como públicas o abiertas antes de su entrevista consular.
Las nuevas categorías incorporadas incluyen visas A-3 y G-5 para empleados domésticos de personal diplomático, C-3 en caso de trabajadores del hogar, H-3 para aprendices y sus dependientes H-4, K-1 y K-2 para prometidos o prometidas de ciudadanos estadounidenses y sus hijos, K-3 para cónyuges en trámite de residencia, Q para participantes en programas de intercambio cultural, R-1 y R-2 para trabajadores religiosos y sus familiares, S para informantes que colaboran con autoridades, T para víctimas de trata de personas y U para víctimas de delitos graves. Estas se suman a las categorías H-1B y sus dependientes, así como a las visas F, M y J para estudiantes y participantes en programas de intercambio, que ya estaban sometidas a este proceso.
Como condición para facilitar el proceso de vetting, el DOS instruyó a todos los solicitantes de las categorías mencionadas a ajustar la configuración de privacidad de todos sus perfiles en redes sociales a modo público o abierto. La revisión de presencia digital forma parte de los procedimientos de seguridad que la dependencia aplica para identificar solicitantes que pudieran ser inadmisibles en el país, incluidos quienes representen una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
De esta manera, el gobierno estadounidense sostiene la postura alrededor de que cada adjudicación de visa constituye una decisión de seguridad nacional, y que el proceso de emisión debe garantizar que los solicitantes no representen un riesgo para los intereses del país ni tengan intenciones incompatibles con los términos de la visa solicitada. El DOS subraya que una visa estadounidense es un privilegio, no un derecho.