Al terminar su empleo o concluir su contrato con el empleador que patrocinó su visa de trabajo para no inmigrantes, los trabajadores extranjeros tienen varias opciones para permanecer en Estados Unidos.
Los extranjeros en Estados Unidos con una visa de trabajo, que han terminado voluntaria o involuntariamente la relación laboral con su empleador, tienen múltiples opciones para permanecer en el país. Existen diversas opciones para que los trabajadores se mantengan en Estados Unidos por medio de otro empleador, un ajuste de estatus, reingreso con una visa de otra categoría y más.
Luego de terminar la relación laboral con su empleador, ya se voluntaria o involuntariamente, los trabajadores no inmigrantes cuentan con un periodo de 60 días llamado “periodo de gracia”, en el cual mantienen su estatus legal como no inmigrantes, lo que les permite permanecer en Estados Unidos mientras resuelven el futuro de su situación migratoria.
Las siguientes clasificaciones de visas para trabajadores no inmigrantes clasifican para obtener este periodo de gracia de 60 días: 60 días: E-1, E-2, E-3, H-1B, H-1B1, L-1, O-1, o TN. También las categorías dependientes de estas visas para cónyuge o hijos son elegibles.
Portabilidad a un nuevo empleador
Durante este periodo los trabajadores pueden contactar a otro empleador que les ofrezca presentar una petición para extender su estadía. Solamente si el trámite se completa antes del periodo establecido no será necesario que el trabajador tenga que salir de Estados Unidos y reingresar.
Por ejemplo, los trabajadores con estatus H-1B pueden a trabajar para un nuevo empleador de manera casi inmediata, siempre que este cumpla con la nueva petición ante USCIS. De esta forma evita el tiempo de espera de aprobación de la petición.
Asimismo, trabajadores con solicitudes de ajuste de estatus a través del formulario I-485 pendientes por al menos 180 días pueden transferir si petición de visa de inmigrante a la nueva oferta de empleo. Esto se conoce como portabilidad.
Cambio de estatus
El cambio de estatus de no inmigrante también se puede realizar durante los 60 días. Por ejemplo, para cambiar de estatus a, estatus de estudiante (F-1), estatus de visitante o turista (B-1/B-2) o para profesionales de STEM. No obstante, el estatus de estudiante permite solo ciertos tipos de empleo limitado, y el estatus de visitante o turista no permite el empleo.
Cambiar de estatus y empleador
También es posible que los no inmigrantes utilicen su periodo de gracia discrecional para obtener un nuevo estatus de no inmigrante patrocinados por un empleador en el mismo estatus o uno diferente. Por ejemplo, un trabajador L-1 puede ser elegibles a nuevos empleos bajo clasificaciones TN (para mexicanos y canadienses), E-3 o H-1B1.
Ajuste de estatus
Ciertos trabajadores pueden ser elegibles para ajustar su estatus sin necesidad del patrocinio de un empleador. Por ejemplo, a través de clasificaciones como EB-1 de habilidades extraordinarias, EB-2 de exención por interés nacional o EB-5 de inversionistas inmigrantes.
Periodo de Estadía Autorizada – Documento de Autorización de Empleo por Circunstancias Apremiantes
Trabajadores con una petición de visa basada en empleo por el formulario I-140 pueden ser elegibles para un nuevo documento de autorización de empleo por un año en caso de documento apremiantes.
Esta es una medida provisional discrecional destinada a personas que están en camino a obtener la residencia legal permanente (LPR). Esto permite que no cambien su estatus de no inmigrante pero que tampoco se registre presencia, ilegal en el país.