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Acceso Latino

¿Te casaste con un estadounidense y quieren irse a vivir a Estados Unidos? Debes tramitar una  solicitud de residencia por matrimonio y ajuste de estatus ante el consulado y el Departamento de Inmigración y Ciudadanía (USCIS).

Si la pareja vive fuera de Estados Unidos, el ciudadano debe presentar el Formulario I-130 (Petición de Familiar Extranjero) para que ambos puedan entrar al país.

Cuando esté aprobado, será enviado para su tramitación y el consulado o la embajada le avisarán sobre el proceso.

Si el cónyuge ya vive en Estados Unidos, también deberá solicitar un ajuste de estatus o solicitud de residencia con el Formulario I-485.

USCIS señala que para completar el proceso exitosamente el solicitante debe presentar:

  • Formulario I-130 (firmado y con la tarifa correspondiente)
  • Copia de su acta de matrimonio civil
  • Copia de todo decreto de divorcio, certificado de defunción, o decreto de anulación que comprueba que los matrimonios anteriores celebrados por usted y/o su cónyuge fueron terminados
  • Fotos tipo pasaporte, suyas y de su cónyuge (ver instrucciones del Formulario I-130 para requerimientos de fotos)
  • Evidencia de todo cambio legal de nombre

Los ciudadanos estadounidenses deben comprobar su nacionalidad con:

  • Copia de su pasaporte estadounidense válido
  • Copia de su certificado de nacimiento o naturalización
  • Copia de su certificado de ciudadanía

Los residentes permanentes también pueden solicitar que su pareja viva en Estados Unidos, aunque su estancia tendrá que sujetarse a validación cada 10 años.

El residente permanente deberá comprobar su estatus con una copia del Formulario I-551, el cuál valida su Tarjeta Verde o Green Card. También deberá presentar una copia de su pasaporte extranjero sellado.

La ley establece que si han estado casados por menos de 2 años cuando se otorga el estatus de residente permanente al cónyuge, éste recibirá una residencia condicional.

Para que la residencia del cónyuge no expire, deben solicitar que se levante el estatus condicional en un plazo de 90 días. De no hacerse, puede ser sujeto de deportación.

Mientras la residencia se tramita, el cónyuge puede solicitar una visa K-3 para tener derecho a trabajar y vivir en Estados Unidos.

Los migrantes latinos que están en proceso de buscar la residencia permanente o la renovación de la misma, podrán acceder a la información para obtener un abogado migratorio gratuito o de bajo costo en la herramienta del portal Acceso Latino “Orientación legal”.

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