Los cambios se diseñaron para reducir errores y facilitar que se complete en computadora
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) publicó hoy una versión revisada del Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo.
Los empleadores deben utilizar solo la nueva versión, con fecha del 11/14/2016, comenzando el 22 de enero de 2017. Hasta entonces, pueden continuar utilizando la versión con fecha del 03/08/2013.
Entre los cambios a la nueva versión, la Sección 1 pide los “otros apellidos utilizados” en lugar del “otros nombres utilizados”, y simplifica la certificación de ciertos nacionales extranjeros.
Otros cambios incluyen:
.Verificaciones para asegurar que la información ha sido ingresada correctamente.
.Espacios adicionales para proveer los nombres de múltiples preparadores y traductores.
.Un área para información añadida previamente en los márgenes.
.Una página suplementaria para el preparador/traductor.
.Las instrucciones han sido separadas del formulario, de acuerdo con otros formularios de USCIS, e incluyen instrucciones específicas para completar cada campo.
El Formulario I-9 revisado es también fácil de completar en una computadora. Las mejoras incluyen listados desplegables y calendarios, instrucciones en pantalla para cada campo y fácil acceso a las instrucciones completas, y una opción para eliminar la información y comenzar de nuevo. Cuando el empleador imprime el formulario completado, se genera automáticamente un código de respuesta rápida (QR, por sus siglas en inglés), el cual también puede ser utilizado para facilitar auditorías.
El Formulario I-9 fue creado en noviembre de 1986, cuando el Congreso aprobó la Ley de Reforma y Control de Inmigración (IRCA, por sus siglas en inglés). IRCA prohíbe a los empleadores contratar personas para empleos en EE.UU., incluso ciudadanos estadounidenses, para empleos en EE.UU. sin verificar su identidad y autorización de empleo por medio del Formulario I-9
Para más información sobre USCIS y sus programas, por favor visite uscis.gov/es o síganos en Twitter (@uscis_es), YouTube (/uscis), Facebook (/uscis.es), Instagram (/uscis_es) y el blog de USCIS, Compás.
Fuente: USCIS.