Los cónyuges, padres e hijos indocumentados de personas en el servicio militar pueden obtener un beneficio migratorio para lograr la residencia permanente en Estados Unidos si comprueban la relación familiar.
Esta ley fue aprobada por el gobierno de Estados Unidos en noviembre del 2013 para beneficiar a los familiares cercanos de veteranos de guerra o personas que sirven en las fuerzas armadas del país. Beneficio migratorio que, según activistas, no está siendo aprovechado por la comunidad inmigrante.
De acuerdo con el Departamento de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) este cambio en la política de migración pretende evitar el “efecto negativo psicológico en las personas que están sirviendo en las fuerzas armadas y en las reservas, quienes pueden ser llamados a servir, (estas personas) no deberían preocuparse por el estado migratorio de sus esposas, padres e hijos”.
Gloria Saucedo, miembro de la organización Hermandad Mexicana de Panorama City, asegura que en la comunidad latina hay muchos padres de familia y cónyuges de personas que están en las fuerzas militares y que son indocumentados, que pueden obtener su residencia permanente sin necesidad de que salgan del país. “Muy pocas personas han solicitado este beneficio migratorio principalmente porque no saben que existe… es una ley desconocida”, dijo.
Para solicitar este beneficio migratorio se requiere:
- Someter la solicitud I-131.
- Comprobar la relación familiar, ya sea con partida de nacimiento o certificado de matrimonio.
- Las personas en proceso de deportación deberían consultar con un abogado de inmigración antes de someter los documentos.
Fuente: USCIS, La Opinión, Univisión