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USCIS actualiza políticas del cálculo de edad en CSPA para beneficiar a solicitantes de ajuste de estatus

Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA) ha sido actualizada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) para calcular la edad de un no ciudadano que solicita ajuste de estatus.

El 14 de febrero, el USCIS actualizó su manual de políticas para el cálculo de la edad de un no ciudadano protegido por la CSPA que busca el cambio de estatus migratorio. Para que un menor obtenga el estatus de residente permanente en Estados Unidos por medio de una petición aprobada por sus padres o por medio de una visa basada en empleo, el hijo debe ser menor de 21 años. Una vez que el menor cumple 21 años y sobrepasa la edad durante el proceso de trámite de ajuste de estatus, YA NO ES ELEGIBLE PARA migrar con sus padres y requiere otro tipo de petición.

La CSPA fue implementada por USCIS en 2002 luego de que el Congreso reconoció que muchos menores comenzaron exceder la edad límite debido al número de casos en espera. A través de esta ley se calcula la “edad CSPA”, la cual permite que ciertos no ciudadanos permanezcan clasificados como menores, incluso luego de cumplir los 21 años.

De esta forma, la CSPA protege a los menores no ciudadanos de perder la elegibilidad para obtener la residencia permanente basada en una visa aprobada. El manual de políticas de USCIS cuenta con dos tablas para el cálculo de la edad del menor: la tabla de fecha de presentación y la tabla de acción final. En las políticas anteriores de la CSPA USCIS consideraba una visa disponible para propósitos de cálculo de edad, tomando en cuenta la tabla de fecha de acción final, por lo que muchos solicitantes se quedaban en el camino y no completaban el proceso.

La nueva política que ya ha entrado en vigor también aplica para las solicitudes pendientes, por lo tanto, algunos o ciudadanos podrán recibir la residencia permanente aun cuando sobrepasen los 21 años, según la tabla de acción final.

USCIS aclara lo siguiente sobre las solicitudes denegadas anteriormente: “Si anteriormente denegamos su solicitud de ajuste de estatus, pero cree que su cálculo de edad CSPA es menos de 21 años de edad bajo esta guía de políticas, puede presentar una moción para reabrir su solicitud por medio del Formulario I-290B, Notificación de Apelación o Moción”. En estos casos es posible que los no ciudadanos presenten una moción para reabrir su caso entro de los 30 días posteriores a la decisión.

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