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Acceso Latino

Con 107 votos a favor y uno en contra, el Senado de la República aprobó la iniciativa preferente que envió el presidente Enrique Peña Nieto en materia de educación con lo cual se busca revalidar estudios a los más de 500 mil connacionales que se estima serán deportados de estados Unidos pero también a refugiados, asilados, a migrantes internos que deseen obtener su equivalencia de estudios y a los mexicanos que deseen obtener el registro oficial de estudios realizados en el extranjero.

La reforma a la ley general de educación obliga a las autoridades educativas a garantizar el acceso a la educación básica, media y superior de las personas que no cuenten con documentos académicos o de identidad.

La iniciativa establece una serie de “candados” para evitar que los “dreamers” sean víctimas de fraude educativos por parte de escuelas “patitos” para lo cual establece la obligación de las autoridades educativas a emitir un listado de las escuelas que podrán llevar a cabo esta revalidación de estudios.

Se establece la creación del Marco Nacional de Cualificaciones que permitirá la validez e integración en el nivel de estudios correspondiente, a partir de saberes, conocimientos, capacidades y habilidades, incluso cuando no cuenten con documentos de identidad o académicos, como es el caso de los deportados de Estados Unidos.   Este Marco deberá ser emitido por la SEP en un plazo no mayor a un año, contado a partir de la entrada en vigor del decreto.

Asimismo y para evitar que se comercialice con las revalidaciones se plantea un Registro único a cargo de la SEP que concentre los procesos de revalidación con lo que, aun cuando serían varias las instituciones y los órdenes de gobierno que podrían realizar el trámite, se prevé que sea uno solo el repositorio de tales datos.

La revalidación de estudios queda sujeta a diversos controles, como el que las instituciones públicas y/o privadas no podrán revalidar estudios básicos, medios superior o superior, que ellas no impartan; además, la revalidación podrá ser revocada por las autoridades educativas en caso de incumplirse los lineamientos.

Las escuelas y universidades deberán simplificar los procedimientos bajo los principios de celeridad, imparcialidad, flexibilidad y asequibilidad. Además, promoverán la utilización de mecanismos electrónicos de verificación de autenticidad de documentos expedidos fuera y dentro del sistema educativo nacional.

Las escuelas que no cumplan estas disposiciones serán meritorias de sanciones, que van desde multas por cinco mil veces el salario mínimo vigente –que podrán duplicarse en caso de reincidencia– hasta el retiro del registro de validez oficial emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Se mandata a la SEP a emitir o actualizar, en un plazo no mayor a 60 días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, las normas y criterios que regularán los procesos de revalidación y equivalencia de estudios.

La iniciativa elimina trabas burocráticas para revalidar estudios por lo cual eleva a rango de ley la facultad de la Secretaría de Educación Pública (SEP) de establecer normas de control escolar que facilite en el caso de la educación básica, la inscripción, reinscripción, promoción, regularización, acreditación y certificación de estudios de los educandos.

La SEP debe vigilar que las autoridades escolares locales cumplan con las normas establecidas. A partir de ello, directores de escuelas en estados y municipios no podrán argumentar que negaron la inscripción a un niño extranjero o proveniente de otra entidad, porque desconocían los nuevos lineamientos.

De hecho se contempla la posibilidad de poner en marcha un plan de emergencia para atender a los connacionales deportados que no cuenten con la documentación suficiente para realizar los trámites.

“Las autoridades educativas podrán coordinarse con otras instituciones para implementar planes de emergencia y acciones afirmativas dirigidas a atender a personas en situación de vulnerabilidad”, refiere.

Fuente: La Crónica.

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