fbpx

Acceso Latino

En general, usted puede resultar elegible para la Naturalización bajo la sección 319(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) si:

En algunos casos, los cónyuges de ciudadanos estadounidenses empleados en el extranjero pueden ser elegibles para la Naturalización independientemente si cumplen con el tiempo mínimo requerido como residentes permanentes. Estos cónyuges pueden ser elegibles bajo la sección 319(b) de la Ley de Inmigración y Naturalización (INA, por sus siglas en inglés).

Los cónyuges de integrantes de las Fuerzas Armadas, deben consultar “Militares” en este sitio web. Para obtener información acerca de cómo presentar una petición a favor de un familiar, consulte las guías tituladas “Cómo Puedo…”

Requisitos generales de elegibilidad

Para ser elegible para la Naturalización bajo la Sección 319(a) de la Ley de Inmigración y Naturalización (INA, por sus siglas en inglés), el solicitante debe:

Cónyuges de ciudadanos estadounidense empleados en el extranjero

De forma general, el cónyuge de un ciudadano estadounidense que está empleado por el gobierno de los Estados Unidos, incluyendo las Fuerzas Armadas, o por cualquier otro empleado elegible, cuyo cónyuge está estacionado en el extranjero en ese empleo durante al menos 1 año, puede ser elegible para la Naturalización bajo la Sección 319(b) de la (INA, por sus siglas en inglés).

En general, el cónyuge de un ciudadano estadounidense empleado en el extranjero debe estar presente en los Estados Unidos, debe haber sido admitido legalmente en los Estados Unidos y tener residencia permanente en el momento del examen de la Solicitud de Naturalización y en el momento de la Naturalización y reunir todos los requisitos enumerados anteriormente, excepto que:

No se requiere período específico como Residente Permanente (pero el cónyuge debe ser Residente Permanente)

No se requiere período específico de residencia continua o presencia física en los Estados Unidos

No se requiere período específico de unión matrimonial; sin embargo, los cónyuges deben vivir en unión matrimonial.

Nota: Debe también demostrar que partirá del extranjero inmediatamente después de su Naturalización con la intención de residir en Estados Unidos tan pronto como su cónyuge dé por terminado su empleo en el extranjero.

Fuente: USCIS.

Skip to content