{"id":70979,"date":"2026-03-27T10:04:32","date_gmt":"2026-03-27T16:04:32","guid":{"rendered":"https:\/\/accesolatino.org\/?p=70979"},"modified":"2026-07-24T12:48:22","modified_gmt":"2026-07-24T18:48:22","slug":"entro-en-vigor-nueva-regla-federal-que-restringe-licencias-comerciales-de-conducir-para-beneficiarios-de-daca","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/accesolatino.org\/en\/entro-en-vigor-nueva-regla-federal-que-restringe-licencias-comerciales-de-conducir-para-beneficiarios-de-daca\/temas-de-interes\/","title":{"rendered":"Entr\u00f3 en vigor nueva regla federal que restringe licencias comerciales de conducir para beneficiarios de DACA"},"content":{"rendered":"
Desde el 16 de marzo de 2026, la nueva regla federal sobre licencias comerciales entr\u00f3 en vigor, esta regla cambia de manera significativa las condiciones bajo las cuales personas inmigrantes pueden obtener o renovar una Licencia de Conducir Comercial no domiciliada o Non-Domiciled Commercial Driver’s License <\/strong>(CDL). La medida, emitida por la Administraci\u00f3n Federal de Seguridad de Autotransporte (FMCSA), afecta directamente a beneficiarios de Acci\u00f3n Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA), titulares de Documentos de Autorizaci\u00f3n de Empleo (EAD), solicitantes de asilo, refugiados y otros grupos de inmigrantes con autorizaci\u00f3n legal para trabajar, quienes a partir de esta fecha quedan excluidos de la posibilidad de obtener este tipo de credencial. Para la comunidad de habla hispana vinculada al sector del transporte comercial, entender el alcance de esta regla es urgente e indispensable.<\/p> En primer lugar, CDL no domiciliada es la licencia de conducir comercial que un estado de Estados Unidos puede expedir a una persona que no reside en ning\u00fan estado del pa\u00eds. Esta licencia es necesaria para operar veh\u00edculos de motor comerciales, como camiones de carga, autobuses escolares y autobuses de tr\u00e1nsito, que superen las 26 mil 000 libras de peso. Para miles de trabajadores inmigrantes, esta credencial representa su principal fuente de ingreso y sustento familiar.<\/p> Bajo la nueva normativa, la FMCSA restringe la elegibilidad para obtener, renovar o actualizar una CDL no domiciliada \u00fanicamente a quienes posean uno de los siguientes estatus migratorios de empleo temporal:<\/p> Todos los dem\u00e1s estatus migratorios quedan excluidos, incluyendo a titulares de EAD, beneficiarios de DACA, solicitantes de asilo, refugiados, beneficiarios de Estatus de Protecci\u00f3n Temporal (TPS) y parolees humanitarios. Adem\u00e1s, el EAD deja de ser un documento v\u00e1lido para este tr\u00e1mite. En su lugar, los solicitantes elegibles deber\u00e1n presentar obligatoriamente su pasaporte extranjero vigente junto con el Formulario I-94\/94A que refleje alguno de los tres estatus autorizados.<\/p> Otros cambios importantes incluyen que la CDL no domiciliada tendr\u00e1 una vigencia m\u00e1xima de un a\u00f1o, que toda renovaci\u00f3n o emisi\u00f3n deber\u00e1 realizarse de forma presencial, al prohibirse la modalidad por correo o en l\u00ednea, y que las agencias estatales de licencias deber\u00e1n consultar el sistema federal SAVE para verificar el estatus migratorio del solicitante antes de emitir cualquier credencial<\/strong>.<\/p> En este sentido, los beneficiarios de DACA quedan excluidos de la elegibilidad para obtener o renovar una CDL no domiciliada<\/strong> por varias razones. Primero, su \u00fanico documento de acreditaci\u00f3n es el EAD, que esta regla elimina como documento v\u00e1lido. Segundo, aproximadamente el 80% de los beneficiarios de DACA son ciudadanos mexicanos y, conforme a los acuerdos de reciprocidad existentes entre M\u00e9xico y Estados Unidos, los conductores domiciliados en M\u00e9xico ya estaban excluidos de la CDL no domiciliada desde antes de esta regla.<\/p> La excepci\u00f3n que desde 2023 permit\u00eda a ciudadanos mexicanos y canadienses con DACA acceder a esta licencia fue establecida \u00fanicamente a trav\u00e9s de criterios de discrecionalidad administrativa, sin haberse convertido en regulaci\u00f3n formal. Esta regla final la rescinde oficialmente.<\/p> Quienes actualmente posean una CDL no domiciliada podr\u00e1n conservarla y continuar trabajando hasta la fecha de vencimiento impresa en su credencial, que puede ser de hasta cinco a\u00f1os desde su emisi\u00f3n. Sin embargo, no podr\u00e1n renovarla<\/strong> bajo esta categor\u00eda una vez que expire.<\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t Cabe destacar, que los conductores domiciliados en M\u00e9xico que operan en Estados Unidos con su Licencia Federal de Conductor no se ven afectados por esta regla<\/strong>, ya que contin\u00faan amparados por el acuerdo de reciprocidad entre ambos pa\u00edses y operan con su credencial nacional. Esta regla no modifica esa situaci\u00f3n.<\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t Por otro lado, actualmente hay impugnaciones legales en curso, pues la regla es objeto de litigio activo ante la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia en el caso Lujan, et al. v. Fed. Motor Carrier Safety Admin.<\/em> Dicho tribunal suspendi\u00f3 judicialmente la versi\u00f3n anterior de esta misma regla en noviembre de 2025. Con la publicaci\u00f3n de esta regla final, la FMCSA considera que subsan\u00f3 los problemas de procedimiento se\u00f1alados por la corte; sin embargo, el caso contin\u00faa abierto y su resoluci\u00f3n podr\u00eda modificar el panorama en los pr\u00f3ximos meses.<\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t
\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t