{"id":47688,"date":"2023-01-20T08:38:00","date_gmt":"2023-01-20T14:38:00","guid":{"rendered":"https:\/\/accesolatino.org\/?p=47688"},"modified":"2025-10-20T18:23:15","modified_gmt":"2025-10-21T00:23:15","slug":"en-que-consiste-la-visa-p-2-y-como-se-tramita","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/accesolatino.org\/en\/en-que-consiste-la-visa-p-2-y-como-se-tramita\/tramites\/","title":{"rendered":"\u00bfEn qu\u00e9 consiste la visa P-2 y c\u00f3mo se tramita?"},"content":{"rendered":"
Una persona extranjera puede cualificar a la clasificaci\u00f3n de visa P-2 si busca ingresar temporalmente a Estados Unidos, para presentarse como artista o animador, individualmente o como parte de un grupo. Dicha presentaci\u00f3n debe darse por medio de un programa de intercambio rec\u00edproco entre una organizaci\u00f3n en Estados Unidos y una organizaci\u00f3n en el extranjero.<\/p>
El programa de intercambio es acreditado por el gobierno de Estados Unidos y al ser reciproco se necesita que los miembros del grupo o el artista individual posea habilidades comparables a los artistas estadounidenses que formar\u00e1n parte del intercambio fuera del pa\u00eds.<\/p>
Ahora bien, para iniciar este tipo de tramite es necesario que una organizaci\u00f3n en Estados Unidos patrocine el intercambio mencionado. O bien, es posible que su empleador en Estados Unidos presente el patrocinio. De esta forma, la organizaci\u00f3n o empleador debe presentar el formulario I-129, Petici\u00f3n de Trabajador No Inmigrante.<\/p>
Uno de los aspectos m\u00e1s importantes al tramitar este tipo de visas, es revisar los detalles para evitar fraudes y estadas. Los peticionarios deben demostrar que est\u00e1n autorizados para fungir como agentes.<\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t Como las peticiones suelen ser firmadas para m\u00faltiples empleados por una misma persona o compa\u00f1\u00eda, es necesario cuidar los siguientes aspectos:<\/p> Conoce m\u00e1s sobre los requisitos para empleadores en el siguiente enlace: https:\/\/www.uscis.gov\/sites\/default\/files\/document\/memos\/o-p-visa-agents-11-20-2009.pdf<\/a><\/p> Y consulta m\u00e1s detalles sobre esta visa en el sitio oficial del Servicio de Ciudadan\u00eda e Inmigraci\u00f3n (USCIS).<\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t
\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t