{"id":12157,"date":"2015-10-13T16:55:32","date_gmt":"2015-10-13T21:55:32","guid":{"rendered":"https:\/\/accesolatino.org\/?p=2307"},"modified":"2026-01-27T14:04:07","modified_gmt":"2026-01-27T20:04:07","slug":"peticion-familiar-en-que-consiste-y-quien-califica-para-obtenerla","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/accesolatino.org\/en\/peticion-familiar-en-que-consiste-y-quien-califica-para-obtenerla\/temas-de-interes\/","title":{"rendered":"Petici\u00f3n familiar, \u00bfen qu\u00e9 consiste y qui\u00e9n califica para obtenerla?"},"content":{"rendered":"
Una petici\u00f3n familiar<\/strong> permite a ciudadanos y residentes permanentes de Estados Unidos pedir que ciertos familiares que viven en el extranjero puedan migrar al pa\u00eds norteamericano.<\/p>\n De acuerdo con el abogado experto en inmigraci\u00f3n, Nelson Castillo, la petici\u00f3n familiar<\/strong> \u201ces un gran beneficio, pero hay algunas excepciones y condiciones que reducen la elegibilidad de ciertas personas para obtener la residencia permanente\u201d.<\/p>\n Los familiares que puede pedir un ciudadano estadounidense son: padres, c\u00f3nyuge, hijos (solteros o casados) y hermanos (solteros o casados). Castillo explica que un ciudadano debe ser mayor de 21 a\u00f1os para poder pedir a sus padres y hermanos<\/strong>; si el hijo o hermano del ciudadano est\u00e1 casado, es posible que su esposa e hijos solteros menores de 21 a\u00f1os puedan emigrar por medio de la petici\u00f3n familiar de forma derivada. Por su parte, un residente permanente solo puede pedir a su c\u00f3nyuge e hijos solteros de cualquier edad.<\/p>\n Seg\u00fan Castillo, un ciudadano puede pedir a un padrastro, siempre que el ciudadano haya tenido menos de 18 a\u00f1os cuando los padres del ciudadano se casaron. Asimismo, un ciudadano o residente permanente puede pedir a un hijastro, siempre que \u00e9ste haya tenido menos de 18 a\u00f1os cuando se cas\u00f3 con la madre o padre del hijastro. Un ciudadano tambi\u00e9n puede pedir a un hermanastro, si \u00e9ste ten\u00eda menos de 18 a\u00f1os cuando los padres del ciudadano y el hermanastro se casaron.<\/p>\n Para realizar una petici\u00f3n familiar<\/strong>, el ciudadano o residente permanente debe proveer documentaci\u00f3n que demuestre su estatus en el pa\u00eds<\/strong> (pasaporte o acta de nacimiento estadounidense, certificado de naturalizaci\u00f3n o tarjeta de residencia permanente), as\u00ed como presentar evidencia de parentesco<\/strong>, como actas de matrimonio o nacimiento.<\/p>\n En caso de que la petici\u00f3n familiar<\/strong> sea para un c\u00f3nyuge, se deber\u00e1 presentar evidencia como: actas de nacimiento de hijos en com\u00fan, estados de cuentas bancarias mancomunadas y t\u00edtulos de propiedades o contratos de arrendamiento que muestren los nombres de ambos c\u00f3nyuges.<\/p>\n Castillo comenta que \u201csi aprueban la petici\u00f3n familiar<\/strong>, el ciudadano o residente permanente tendr\u00e1 que proveer una carta de sostenimiento y demostrar que el inmigrante no se convertir\u00e1 en una carga p\u00fablica al momento de solicitar una visa de inmigrante\u201d, y agrega que los tiempos de procesamiento para obtener una visa de inmigrante por medio de una petici\u00f3n familiar \u201cvar\u00edan dependiendo el pariente que se pide y de su pa\u00eds de origen\u201d.<\/p>\n